Guía Completa 2026

Guía Completa EFOS/EDOS Artículo 69-B

Protege la deducibilidad de tus gastos y evita riesgos fiscales con el monitoreo continuo de proveedores

¿Qué son las listas EFOS y EDOS?

EFOS - Empresas Facturantes de Operaciones Simuladas

Son empresas que el SAT ha identificado como emisoras de facturas por operaciones que nunca ocurrieron. Emiten CFDIs por ventas inexistentes para crear gastos deducibles falsos.

Tipos de EFOS:

  • Presuntos: Investigados, no confirmados
  • Definitivos: Confirmados por el SAT
  • Desvirtuados: Ya han aclarado su situación

EDOS - Empresas que Deducen Operaciones Simuladas

Son empresas que deducieron gastos provenientes de facturas falsas emitidas por EFOS. El SAT también las publica para alertar sobre el uso de facturas simuladas en sus declaraciones fiscales.

Actualización de las Listas

  • Frecuencia: El SAT actualiza las listas semanalmente (generalmente los viernes)
  • Publicación: En el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en la página del SAT
  • Verificación: ValidaCFDI descarga y procesa estas actualizaciones automáticamente cada semana

Artículo 69-B del Código Fiscal

El Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación establece que cuando un proveedor aparece en la lista de EFOS, tienes30 días hábiles para demostrar que la operación fue real.

Derechos del Contribuyente

  1. Tienes derecho a presentar evidencia que demuestre que la operación existió
  2. El SAT debe revisar y considerar toda la evidencia presentada
  3. Si se demuestra que la operación fue real, mantienes la deducibilidad
  4. El plazo de 30 días es para proteger al contribuyente, no para perder derechos

Importante: Si no presentas evidencia dentro del plazo de 30 días, el SAT presume que conocías o debías conocer que el proveedor estaba en EFOS y rechazará la deducibilidad de todas las facturas de ese proveedor.

Consecuencias Fiscales

Pérdida de Deducibilidad

El SAT rechazará la deducibilidad de todas las facturas del proveedor EFOS. Esto aumenta tu base gravable y genera mayores pagos de ISR.

Multas y Sanciones

Multas por hasta el 100% de los ISR omitido, más actualizaciones y recargos. En casos graves, pueden haber consecuencias penales.

Acreditamiento de IVA

Si las facturas de IVA no son deducibles, pierdes el acreditamiento de IVA. Esto genera un flujo de caja negativo importante.

Aumentos de Auditoría

Tener proveedores EFOS aumenta significativamente el riesgo de auditoría y profundidad de revisión fiscal.

Qué hacer si un Proveedor es EFOS

1

Recopilar Evidencia (Días 1-15)

  • • Contratos firmados con el proveedor
  • • Pedidos de compra / ordenes de trabajo
  • • Recibos de pago (transferencias, cheques)
  • • Guías de despacho / recibos de entrega
  • • Correo electrónico confirmando la operación
  • • Facturas de otros proveedores del mismo periodo
  • • Declaraciones de IVA/ISR del proveedor
2

Notificar al SAT (Días 15-25)

  • • Redactar escrito de aclaración
  • • Anexar toda la evidencia recopilada
  • • Presentar ante la autoridad competente
  • • Solicitar acuse de presentación
3

Dar Seguimiento (Días 25-30)

  • • Verificar estatus del trámite
  • • Responder a requerimientos adicionales
  • • Documentar toda comunicación
  • • Prepararse para posible reconsideración

Prevenir Riesgos con Monitoreo Continuo

El monitoreo continuo de proveedores en listas EFOS/EDOS del SAT es la mejor estrategia para prevenir riesgos fiscales. Aquí explicamos por qué:

30 días

Tiempo máximo para aclarar según Artículo 69-B

100%

Deducibilidad perdida si no actúas a tiempo

0

Días sin alertas automáticas = Riesgo total

Ventajas del Monitoreo Continuo:

  • Alertas en tiempo real: Sabes al instante cuando un proveedor cambia de estatus
  • Maximiza ventana de 30 días: Tienes más tiempo para recopilar evidencia
  • Historial completo: Rastrea cuándo apareció el proveedor en EFOS
  • Reportes para auditorías: Demuestra diligence debida
  • Integración con sistemas: Webhooks para alertas en Slack, Teams, ERP

Comienza a Monitorear Tus Proveedores Hoy

Protege la deducibilidad de tus gastos y evita riesgos fiscales con el monitoreo continuo de EFOS/EDOS

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para aclarar un EFOS?

Según el Artículo 69-B del Código Fiscal, tienes 30 días hábiles a partir de que el proveedor es publicado en la lista de EFOS para presentar un escrito de aclaración ante el SAT.

¿Qué evidencia debo presentar?

Contratos, pedidos, recibos de pago, correos electrónicos, guías de despacho, cualquier documento que demuestre que la operación fue real y que efectivamente recibiste el bien o servicio.

¿Pierdo la deducibilidad automáticamente?

No automáticamente. Tienes 30 días para demostrar que la operación fue real. Si presentas evidencia suficiente y el SAT la acepta, mantienes la deducibilidad. El monitoreo continuo maximiza tus posibilidades de defensa.

¿Es diferente EFOS de EDOS?

Sí. EFOS son empresas que emiten facturas de operaciones simuladas. EDOS son empresas que deducen esas facturas simuladas. Ambas listas publicadas por el SAT.

¿Cómo afecta a mis proveedores extranjeros?

Las listas EFOS/EDOS solo aplican a RFCs mexicanos. Si tu proveedor es extranjero, no aparece en estas listas, pero debes validar su estatus fiscal por otros medios según el país de origen.

Última actualización: Enero 2026

Esta guía es informativa y no constituye asesoría fiscal. Consulta con un contador público certificado para tu situación específica.