Guía Completa EFOS/EDOS Artículo 69-B
Protege la deducibilidad de tus gastos y evita riesgos fiscales con el monitoreo continuo de proveedores
¿Qué son las listas EFOS y EDOS?
EFOS - Empresas Facturantes de Operaciones Simuladas
Son empresas que el SAT ha identificado como emisoras de facturas por operaciones que nunca ocurrieron. Emiten CFDIs por ventas inexistentes para crear gastos deducibles falsos.
Tipos de EFOS:
- • Presuntos: Investigados, no confirmados
- • Definitivos: Confirmados por el SAT
- • Desvirtuados: Ya han aclarado su situación
EDOS - Empresas que Deducen Operaciones Simuladas
Son empresas que deducieron gastos provenientes de facturas falsas emitidas por EFOS. El SAT también las publica para alertar sobre el uso de facturas simuladas en sus declaraciones fiscales.
Actualización de las Listas
- Frecuencia: El SAT actualiza las listas semanalmente (generalmente los viernes)
- Publicación: En el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en la página del SAT
- Verificación: ValidaCFDI descarga y procesa estas actualizaciones automáticamente cada semana
Artículo 69-B del Código Fiscal
El Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación establece que cuando un proveedor aparece en la lista de EFOS, tienes30 días hábiles para demostrar que la operación fue real.
Derechos del Contribuyente
- Tienes derecho a presentar evidencia que demuestre que la operación existió
- El SAT debe revisar y considerar toda la evidencia presentada
- Si se demuestra que la operación fue real, mantienes la deducibilidad
- El plazo de 30 días es para proteger al contribuyente, no para perder derechos
Importante: Si no presentas evidencia dentro del plazo de 30 días, el SAT presume que conocías o debías conocer que el proveedor estaba en EFOS y rechazará la deducibilidad de todas las facturas de ese proveedor.
Consecuencias Fiscales
Pérdida de Deducibilidad
Multas y Sanciones
Acreditamiento de IVA
Aumentos de Auditoría
Qué hacer si un Proveedor es EFOS
Recopilar Evidencia (Días 1-15)
- • Contratos firmados con el proveedor
- • Pedidos de compra / ordenes de trabajo
- • Recibos de pago (transferencias, cheques)
- • Guías de despacho / recibos de entrega
- • Correo electrónico confirmando la operación
- • Facturas de otros proveedores del mismo periodo
- • Declaraciones de IVA/ISR del proveedor
Notificar al SAT (Días 15-25)
- • Redactar escrito de aclaración
- • Anexar toda la evidencia recopilada
- • Presentar ante la autoridad competente
- • Solicitar acuse de presentación
Dar Seguimiento (Días 25-30)
- • Verificar estatus del trámite
- • Responder a requerimientos adicionales
- • Documentar toda comunicación
- • Prepararse para posible reconsideración
Prevenir Riesgos con Monitoreo Continuo
El monitoreo continuo de proveedores en listas EFOS/EDOS del SAT es la mejor estrategia para prevenir riesgos fiscales. Aquí explicamos por qué:
Tiempo máximo para aclarar según Artículo 69-B
Deducibilidad perdida si no actúas a tiempo
Días sin alertas automáticas = Riesgo total
Ventajas del Monitoreo Continuo:
- Alertas en tiempo real: Sabes al instante cuando un proveedor cambia de estatus
- Maximiza ventana de 30 días: Tienes más tiempo para recopilar evidencia
- Historial completo: Rastrea cuándo apareció el proveedor en EFOS
- Reportes para auditorías: Demuestra diligence debida
- Integración con sistemas: Webhooks para alertas en Slack, Teams, ERP
Comienza a Monitorear Tus Proveedores Hoy
Protege la deducibilidad de tus gastos y evita riesgos fiscales con el monitoreo continuo de EFOS/EDOS